La defensa eficaz comienza el primer día del expediente.
Cuando el Ayuntamiento le notifica la incoación de un expediente sobre sus obras o el uso de su inmueble, está ante el procedimiento que decide si la obra se conserva o se demuele, y si paralelamente se le sanciona. Lo que se haga en los primeros trámites condiciona todo lo que venga después.
Nuestro despacho asume la dirección letrada del expediente desde el primer trámite, con la estrategia que maximiza las posibilidades de conservar la obra y minimizar las consecuencias económicas.
¿Qué incluye nuestro servicio?
| Fase | Qué hacemos por usted |
|---|---|
| Recepción y análisis | Revisamos la notificación, los antecedentes urbanísticos y los plazos. |
| Alegaciones | Redactamos alegaciones técnicas y jurídicas en plazo. |
| Prueba | Proponemos y dirigimos la prueba pericial cuando es decisiva. |
| Trámite de audiencia | Presentamos las alegaciones a la propuesta de resolución. |
| Legalización paralela | Cuando es viable, dirigimos el expediente de legalización para suspender el procedimiento. |
| Recursos | Asumimos los recursos administrativos y contencioso-administrativos contra la resolución. |
¿Cómo trabajamos?
Análisis preliminar. En 24-48 horas evaluamos su expediente, identificamos las defensas viables y le entregamos un dictamen con las opciones disponibles. Coste cerrado y reembolsable.
Estrategia escrita. Le entregamos por escrito el plan de defensa, los plazos y el presupuesto cerrado antes de iniciar.
Dirección letrada completa. Asumimos toda la tramitación administrativa y, en su caso, contenciosa.
Coordinación pericial. Trabajamos con arquitectos y peritos urbanistas cuando la prueba técnica es determinante para la legalización.
¿Por qué Clibup?
- Conocimiento profundo del Texto refundido de la Ley de Urbanismo de Cataluña (Decreto Legislativo 1/2010) y del Reglamento de protección de la legalidad urbanística (Decreto 64/2014).
- Experiencia en la práctica administrativa de Ayuntamientos catalanes y de la Direcció General d’Urbanisme.
- Honorarios cerrados.
- Comunicación directa con el letrado durante toda la tramitación.
Preguntas frecuentes
Inmediatamente después de recibir la notificación de incoación. Los plazos para alegaciones son breves y la prueba propuesta en este momento condiciona todo el procedimiento.
Cuando la obra es legalizable conforme al planeamiento vigente, la legalización paralela es la vía habitual. Lo evaluamos en el análisis preliminar.
Habitualmente entre seis meses y un año en vía administrativa. Los recursos contenciosos pueden añadir uno o dos años.
Sí. Asumimos integradamente la defensa frente al expediente de protección y el sancionador.
Análisis preliminar con coste cerrado y reembolsable si contrata la dirección letrada completa.