Si la Administración le ha notificado una orden de ejecución de obras, el deber de conservación tiene límites.
Una orden de ejecución es un mandato imperativo que obliga al propietario a realizar obras de seguridad, salubridad o rehabilitación. No cumplirla permite a la Administración imponer multas coercitivas reiteradas o acudir a la ejecución subsidiaria, realizando las obras el Ayuntamiento y repercutiéndole a usted el coste íntegramente.
Nuestro despacho asume su defensa técnica frente a órdenes de ejecución en toda Cataluña con un objetivo claro: verificar la legalidad del mandato y evitar obras innecesarias o desproporcionadas.
¿Qué hacemos cuando recibe una orden de demolición?
| Actuación | Resultado que perseguimos |
|---|---|
| Análisis urgente del expediente | Identificar plazos en curso, defectos del procedimiento y vías de defensa viables. |
| Control de proporcionalidad | Evitar que la Administración exija obras que vayan más allá de la seguridad, salubridad y ornato público. |
| Recurso administrativo (reposición o alzada) | Anular la orden por defectos formales, falta de motivación o incompetencia. |
| Solicitud de suspensión multas coercitivas | Paralizar la imposición de multas coercitivas mientras se discute la procedencia técnica de la orden. |
| Recurso contencioso-administrativo | Llevar el asunto ante los Tribunales de Instancia o el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. |
¿Cómo trabajamos en órdenes de demolición?
Análisis preliminar urgente. En 24-48 horas le entregamos un dictamen sobre las opciones reales: legalización, recurso, suspensión cautelar, prescripción. Con coste cerrado y reembolsable.
Plan de defensa por escrito. Le entregamos la estrategia detallada con plazos, fases y presupuesto cerrado antes de iniciar.
Dirección integral. Asumimos toda la tramitación: vía administrativa, contenciosa, suspensión cautelar y, en su caso, legalización paralela.
Coordinación técnica. Trabajamos con peritos urbanistas y arquitectos especializados cuando la prueba pericial es decisiva.
¿Por qué Clibup?
- Especialistas en disciplina urbanística como eje principal del despacho.
- Honorarios cerrados sin sorpresas.
- Comunicación directa con el letrado responsable durante todo el procedimiento.
- Conocimiento de la práctica de los Ayuntamientos catalanes y de la Direcció General d’Urbanisme.
Preguntas frecuentes
No siempre. El Ayuntamiento solo puede ordenar obras que entren dentro del deber de conservación.
Asimismo, si el coste de las obras supera el 50% del valor del inmueble (excluyendo el suelo), estaríamos ante un supuesto de ruina y no ante una simple orden de ejecución.
La Administración necesita una autorización de entrada domiciliaria si el propietario se opone y las obras deben realizarse en el interior. Nosotros controlamos que este proceso se realice con todas las garantías legales.
Honorarios cerrados según complejidad. El presupuesto se entrega por escrito tras el análisis preliminar.